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Gobierno Colombiano: Bono Pensional para Mayores de 80 años, Renta Ciudadana y Renta Joven

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Gobierno Colombiano, Wintor ABC, trae información del Bono Pensional para Mayores de 80 años, Renta Ciudadana y Renta Joven.

El Gobierno Colombiano, a través del Plan Nacional de Desarrollo ‘Colombia Potencia Mundial de la Vida’, ha implementado el Sistema Nacional de Transferencias, compuesto por los programas Colombia Mayor, Renta Ciudadana y Renta Joven.

Estos programas están diseñados para apoyar a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad, marcando un significativo avance en justicia social y movilidad económica.

Renta Ciudadana: Apoyo a Hogares Vulnerables

Renta Ciudadana se destaca como el núcleo del nuevo sistema de transferencias, beneficiando a 487.453 hogares que reciben un subsidio mensual de 500.000 pesos colombianos.

Este programa está dirigido prioritariamente a hogares con uno solo de los padres a cargo y niños menores de seis años, pertenecientes al Grupo A del Sisbén IV.

Según Gustavo Bolívar, director nacional de Prosperidad Social, “la modernización de las transferencias es un verdadero revolcón en el aporte de los subsidios a la justicia y la movilidad social”.

Colombia Mayor: Renta Pensional para los Adultos Mayores

El programa Colombia Mayor ha avanzado en la consolidación de una renta pensional, beneficiando a los mayores de 80 años con pagos de 225.000 pesos desde el pasado mes de mayo.

Este quinto ciclo de pagos ha alcanzado a 484.697 adultos mayores, y el número total de participantes del programa asciende a 1.631.089 personas, incluyendo a mujeres mayores de 54 años y hombres de más de 59 años.

Renta Joven: Inclusión Social y Económica para la Juventud

Renta Joven es otro pilar fundamental del sistema de transferencias, con el objetivo de contribuir a la inclusión social y económica de los jóvenes en situación de pobreza y vulnerabilidad.

En el primer ciclo de pagos, 118.733 participantes recibieron el incentivo, con una inversión de 45.948 millones de pesos por parte de Prosperidad Social. Los ciclos de pago segundo y tercero se realizarán en julio.

Proyectos Productivos: Camino hacia la Autosuficiencia

Además de las transferencias monetarias, el sistema se complementará con una estrategia de apoyo a proyectos productivos.

Gustavo Bolívar, director de la entidad, destacó que “el Presidente nos ha ordenado apoyar proyectos productivos, asociando a la gente que recibe subsidios para ponerles capital semilla y convertirlos en empresarios, en vez de dependientes de transferencias”.

Esta estrategia apunta a enrutar la lucha contra la pobreza hacia la autosuficiencia y la generación de empleo.

La consolidación y puesta en marcha del Sistema Nacional de Transferencias es una de las grandes transformaciones que el Gobierno del presidente Gustavo Petro ha implementado, buscando contribuir a la inclusión económica y productiva de la población vulnerable del país.

Continuidad y Ajustes del Programa Gobierno Colombiano

Prosperidad Social ha comunicado que este subsidio continuará con algunos ajustes de focalización y se complementará con la Renta Ciudadana.

Es importante recordar que el programa no maneja inscripciones y que el cupo de atención es de dos millones de hogares a nivel nacional.

Beneficiarios del Programa en 2024

Según la resolución 0552 del 2024, los beneficiarios serán:

  • Hogares en pobreza extrema, clasificados en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en los grupos AO1, A02, A03, A04, A05 y los hogares indígenas.
  • Hogares en pobreza moderada, clasificados en los grupos BO1, B02, B03, B04.

Identificación y Selección de Beneficiarios

Semestralmente, Prosperidad Social identificará los hogares potenciales beneficiarios del programa utilizando el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares y los listados de hogares indígenas. Los criterios para la selección son:

  • Hogares en pobreza extrema clasificados en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en el siguiente orden: A1, A2, A3, A4, A5 y los hogares indígenas.
  • Hogares en pobreza moderada clasificados en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares en el siguiente orden: B1, B2, B3, B4.

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